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En Maryland, si un abuelo busca la custodia, se les considera un tercero. Para que un abuelo pida la custodia , debe demostrar ante el tribunal que el padre o los padres no son aptos o deben demostrar circunstancias excepcionales. En Maryland, un abuelo también puede pedir la custodia si son considerados como padres de facto.
Un padre de facto es biológico un padre no que la corte ha encontrado que satisface las necesidades físicas y psicológicas del niño diariamente. Para determinar si un abuelo puede solicitar la custodia como padre de facto, el tribunal analizará los siguientes factores:
- Si el padre biológico o adoptivo ha dado su consentimiento a la formación de una relación fuerte como la de un padre entre el niño y el abuelo .
- Si el abuelo y el niño vivieran juntos en la misma casa.
- Si el abuelo tomó o no gran responsabilidad del cuidado, educación y desarrollo del niño sin esperar una recompensa económica a cambio.
- O si el abuelo ha establecido una función paterna durante un largo período de tiempo, lo que ha llevado a que el padre tenga una relación de dependencia y dependencia entre el niño y el abuelo.
En el caso de que una parte sea un padre y la otra parte sea un padre de facto, el tribunal decidirá la custodia únicamente en función de los mejores intereses del niño.
En Maryland, un abuelo también puede obtener la custodia en circunstancias excepcionales. Al determinar si existen circunstancias excepcionales, el tribunal analizará la distancia que el niño ha estado lejos de sus padres, la edad del niño cuando un abuelo comenzó a cuidarlo, si existe la posibilidad de que el cambio de custodia sea emocionalmente afecta al niño y al Período de tiempo que le tomó al padre reclamar al niño. El tribunal también examinará la naturaleza y la fuerza de la relación entre el abuelo y el niño, la intensidad del deseo de los padres de tener la custodia del niño y si el futuro del niño será estable y seguro bajo la custodia del padre .
Otra forma en que un abuelo puede obtener la custodia de un niño es si comprueba que el padre custodio no es apto. Al determinar si un padre no es apto, el tribunal examinará si el padre ha descuidado al niño por su incapacidad para cumplir con sus deberes parentales, si el padre ha abandonado al niño o si hay pruebas suficientes de que el padre ha producido daños físicos o daño mental al niño o ha permitido que otra persona lo haga, esto incluye daño físico, sexual o emocional. El tribunal también examinará si el padre es capaz mental o físicamente de cuidar al niño, si el padre ha abandonado sus obligaciones de cuidar al niño o si ha cometido alguna conducta que pueda perjudicar su bienestar. .
En Maryland, si el tribunal encuentra circunstancias excepcionales, falta de fe de los padres o una paternidad de facto, el tribunal aún deberá considerar qué es lo mejor para el niño. Si está en el mejor interés del niño para él o ella tener un abuelo como tutor legal, entonces la corte lo resolverá.
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